28 nov 2011
Asesor en derechos de autor: ¿un nuevo rol del bibliotecario universitario?
Por: Juan Carlos Fernández-Molina, Josep Vives-Gràcia, José Augusto Chaves Guimarães
La privilegiada situación de los bibliotecarios
como intermediarios entre las fuentes de información y los usuarios, les
convierte en los profesionales más adecuados para proporcionar, tanto a
profesores como estudiantes, unos servicios de valor añadido de asesoría y
gestión de la propiedad intelectual.
Pero, ¿tienen realmente los bibliotecarios los conocimientos necesarios
para asumir tal función? Con el objetivo
de averiguar el nivel de conocimientos de los bibliotecarios universitarios
sobre las cuestiones básicas de los derechos de
autor, se pasó un cuestionario a bibliotecarios de la Universidad de
Granada.
Los
resultados ponen de manifiesto que sus conocimientos son insuficientes, por lo
que un plan de formación sobre estas cuestiones debería ser una prioridad para
las actuales bibliotecas universitarias.
1
INTRODUCCIÓN
La
mayoría de las obras que conforman la colección de una biblioteca tienen derechos
de autor, por lo que existe un clásico conflicto entre tales derechos y e acceso y uso de las obras por parte de las
bibliotecas y sus usuarios. Aunque por razones de espacio no es posible hacer
aquí una exposición amplia sobre los derechos de autor, resulta imprescindible
para una correcta comprensión de este trabajo proporcionar al menos una
exposición básica sobre su contenido y características
fundamentales en la legislación española. Así, en primer lugar, habría que
distinguir entre los derechos patrimoniales, de contenido puramente económico, y
los derechos morales, ligados a la personalidad del autor.
Son
cuatro los derechos patrimoniales básicos: reproducción (fijación de la obra
en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias de todo o parte
de ella), distribución (puesta a disposición del público del original o copias
de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma), comunicación pública (una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra
sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas) y transformación
(modificación de la obra dando lugar a una obra diferente). Si pensamos en
actividades habituales de una biblioteca nos encontramos con que fotocopiar o
microfilmar una obra afecta al derecho de reproducción.
Por
su parte, con la venta, préstamo o donación de obras entraría en juego el
derecho de distribución. El derecho de comunicación pública, quizá el más
importante en el mundo digital, se ve afectado si se hacen proyecciones de películas
u otras obras audiovisuales, si se hace una lectura pública o una exposición.
Finalmente, el derecho de transformación también juega su papel cuando
se hace una adaptación, una traducción o un resumen de la obra…
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1 comentario :
Hola Amigos y Colegas, observando esta página veo que realmente es muy interesante, para todos los que tenemos que ver con la organización de los servicios bibliotecarios, con la organización de las fuentes de información y documentación, la Archivología, el perfil del bibliotecario, entre otros de la ciencia de la información y de verdad, se aprende,se informa y se actualiza. Los temas tratados son de suma importancia. Felicito al creador o a los creadores de dicha página y espero participar en ella. Ya ustedes me dirán cómo hago. Les envío un gran Abrazo Bibliotecario.
Atentamente,
Lic. Jorge Ríos
Bibliotecólogo-Docente
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